martes, 3 de enero de 2012

La Gratuidad Educativa en Colombia se reglamenta


  • A través del Decreto Nº 4807 del 20 de diciembre de 2011, el Gobierno Nacional establece las condiciones de aplicación de la gratuidad total de la educación, desde preescolar (transición) hasta el grado 11 y dicta otras disposiciones para su implementación.
Bogotá, 23 de diciembre de 2011. MEN. Luego del anuncio hecho por el Gobierno Nacional de ofrecer gratuidad total desde preescolar (transición) hasta el grado 11, a partir de 2012, en todos los establecimientos educativos estatales del país que son financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), el Ministerio de Educación Nacional da a conocer el Decreto Nº 4807 del 20 de diciembre de 2011 , por el cual se establecen las condiciones de aplicación de la gratuidad y se dictan otras disposiciones para su implementación.

Con la expedición de este Decreto, el Gobierno Nacional busca precisar y dar a conocer a los secretarios de educación, rectores, directores rurales y todos los actores del sistema educativo, las condiciones de la implementación de la gratuidad total educativa para los estudiantes de preescolar, básica y media de los establecimientos educativos estatales.


¿De qué trata la gratuidad educativa?
La gratuidad total en la educación (descrita en la Directiva Ministerial Nº 23 ) significa que los padres de familia no pagarán en dinero o en especie -en ningún caso y bajo ninguna circunstancia- por la prestación del servicio educativo de sus hijos. Esto quiere decir que los establecimientos educativos estatales no podrán cobrar por costos relacionados con la matrícula, pensiones, carné estudiantil, certificados de estudio, mantenimiento de equipos, boletines, constancias o derechos de grado, seguros estudiantiles y en general, por ningún servicio complementario de las instituciones educativas oficiales.

Con esta medida serán beneficiados más de 8,5 millones de niños y jóvenes de todo el país.
Con respecto a la inversión, serán asignados $525.000 millones (de los $15 billones provenientes del SGP que destinará el Gobierno Nacional para financiar la educación en 2012), para garantizar la gratuidad de los estudiantes de los establecimientos educativos estatales. Esto significó que los recursos se incrementaron en más de 120% frente a los asignados en 2011, los cuales fueron de $237.000 millones. Además, el Ministerio de Educación hace un llamado para que, aun cuando se están destinando recursos del SGP a la gratuidad de la educación, los municipios y departamentos que actualmente concurren con recursos para mejorar las condiciones del servicio ofrecidos en los establecimientos, lo sigan haciendo.


Disposiciones del Decreto de Gratuidad Educativa
El Decreto Nº 4807 de 2011 establece aspectos como el ámbito de aplicación, el alcance de la gratuidad educativa, la financiación de dicha gratuidad, la destinación o uso que se le puede dar a los recursos de gratuidad así como los usos que no son posibles, indica la metodología para la distribución de los recursos, la responsabilidad en el reporte de información y los destinatarios de los giros de los recursos, entre otras disposiciones.

· Beneficiarios: Serán beneficiados con gratuidad total, todos aquellos estudiantes que hayan sido reportados por las Secretarías de Educación en el Sistema de Matrícula Estudiantil de Educación Básica y Media (SIMAT), de transición a 11°, en establecimientos educativos estatales que sean financiados por el SGP para educación.

· Financiación: Todos los recursos destinados para gratuidad ($525.000 millones para 2012) serán financiados a través del Sistema General de Participaciones (SGP).

· Giro de recursos: Los recursos de gratuidad se girarán directamente a los fondos de servicios educativos de los establecimientos educativos estatales. En caso de que dichos establecimientos no tengan un fondo de servicio educativo, los dineros serán girados al fondo al cual se asocien. En este sentido, el giro de los recursos se agiliza en razón a que se girará directamente a las instituciones educativas y no a la alcaldía como se hacía antes.

Para iniciar el proceso de giros, el Ministerio de Educación Nacional expidió la Directiva Ministerial Nº 23 del 9 de noviembre de 2011 donde se define el procedimiento a seguir para implementar el giro directo a los establecimientos, así como los documentos que deben entregar los establecimientos educativos a sus respectivas Secretarías de Educación.

Para efectos del giro de los recursos, el Ministerio de Educación recuerda a las entidades territoriales certificadas y a las instituciones educativas que deben entregar la información necesaria , de manera oportuna, y así garantizar que el giro de los recursos se realice a partir de febrero de 2012. En ese sentido, en la medida que las instituciones demoren la entrega de la documentación respectiva, el envío de los recursos se verá igualmente afectado. ElDecreto 4807 de 2011 establece, además, que no se girarán recursos a los establecimientos educativos oficiales que no remitan la información necesaria y que se informará sobre la omisión de dicha información a los organismos de control.

Por otra parte, el Ministerio de Educación está analizando los valores de ajuste de la asignación por estudiantes (per cápita) que se reconoce por gratuidad educativa. Hasta el momento, y luego de realizar algunos ejercicios preliminares, el valor promedio para educación básica pasaría de $35.000 a $65.000 por alumno al año; mientras que para educación media aumentaría de $62.000 a $95.000. Asimismo, se buscará reconocer un valor por estudiante diferencial para el nivel de preescolar y para la media técnica, con el fin de compensar los mayores valores de la canasta educativa en los que incurren las instituciones que ofrecen dichas modalidades.
Con el establecimiento de la gratuidad educativa, el Ministerio de Educación busca generar condiciones para que más niños accedan y permanezcan en el sistema educativo, avanzando en el propósito nacional de cerrar las brechas de acceso a la educación que existen en Colombia y por esta vía avanzar en una mayor equidad, reducción de la pobreza y la prosperidad para todos.


Padres de familia, a exigir la gratuidad
La gratuidad total en la educación preescolar, básica y media es una realidad en Colombia. Por ello, la ministra de Educación, María Fernanda Campo, hace un llamado para que los padres de familia denuncien a las instituciones educativas oficiales del país donde les estén cobrando por algún concepto.

En caso de presentarse algún inconveniente, los ciudadanos pueden acudir a las Secretarías de Educación de su municipio o departamento. Por su parte, dijo Campo, "desde el Ministerio de Educación estaremos atentos a hacerle seguimiento a esos casos y tomar los correctivos que sean necesarios". Además, se encuentra habilitada una línea gratuita nacional 01 8000 910 122 donde estarán atendiendo a las denuncias ciudadanas.
FIN/MPMC/OAC

Lea el Decreto 4807, descargango el archivo adjunto o ingresando aquí .
Descripción: Descripción: Decreto 4807 del 20 de diciembre de 2011 - Gratuidad Educativa

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